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10 años de experiencia
de cumplimiento y prevención de LA/FT

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Respaldo jurídico
de Fortiori Abogados

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Cobertura nacional
presencial en Bogotá y remota en todo el país

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Diagnóstico sin costo
de su obligación y sus brechas

¿Su empresa está obligada por la nueva Circular?

La Circular Externa 100-000020 de 2026 unificó el SAGRILAFT y el PTEE en un solo sistema. Identifique su caso:

diagnostico sagrilaft ptee empresa bogota

DIAGNÓSTICO SIN COSTO

Qué recibe su empresa en el diagnóstico

Una primera revisión, sin compromiso, para que la gerencia y la junta tomen decisiones con información clara:

  • Concepto de obligatoriedad: si le aplica el sistema completo o el Régimen de Medidas Mínimas.
  • Mapa de brechas: qué de su SAGRILAFT o PTEE actual sirve, qué hay que actualizar y qué falta.
  • Ruta de trabajo: alcance, etapas y tiempos para cumplir antes del 31 de mayo de 2027.
Solicitar mi diagnóstico

Qué cambió con la Circular 100-000020 de 2026

La Superintendencia de Sociedades actualizó el Capítulo IX de la Circular Básica Jurídica. Estos son los cambios que más impactan a las empresas:

icono sistema unificado la ft fp c st

Un solo sistema

SAGRILAFT y PTEE se integran en el Sistema de Autocontrol y Gestión de Riesgos LA/FT/FP y C/ST, que incluye corrupción y soborno transnacional.

icono oficial de cumplimiento principal suplente

Principal y suplente

El Oficial de Cumplimiento debe tener un suplente y cumplir requisitos de experiencia y actualización periódica.

icono cumplimiento operativo no papel

Nada de cumplimiento en papel

El sistema debe funcionar en la operación: controles, evidencias, responsables, capacitación y monitoreo.

icono plazo 31 mayo 2027

Plazo: 31 de mayo de 2027

Las empresas que ya estaban obligadas deben ajustar su sistema al nuevo Capítulo IX antes de esa fecha.

Qué arriesga su empresa si no ajusta su sistema

  • Sanciones de la Superintendencia de Sociedades, que pueden recaer sobre la empresa, sus administradores y el Oficial de Cumplimiento.
  • Riesgo reputacional ante clientes, bancos y aliados que exigen debida diligencia a sus contrapartes.
  • Exposición legal y operativa por operaciones con terceros no verificados.
  • Presión de última hora: el plazo es el mismo para todas las empresas obligadas y los especialistas se copan.
riesgos incumplimiento sagrilaft ptee empresas

Sistema de Administración de Riesgos LA/FT/FP y C/ST

Diagnosticamos, diseñamos, implementamos y monitoreamos su sistema de gestión de riesgos, de acuerdo con la normativa vigente de la Superintendencia de Sociedades. Lo adaptamos a la actividad, el tamaño, las jurisdicciones y las contrapartes de su empresa.

Qué incluye

  • Diagnóstico de obligatoriedad y brechas frente al Capítulo IX.
  • Metodología y matriz de riesgos LA/FT/FP y C/ST.
  • Política y Manual del Sistema ajustados a su empresa.
  • Procedimientos de debida diligencia e intensificada: beneficiario final, PEP y listas restrictivas.
  • Señales de alerta, operaciones inusuales y sospechosas, ROS y AROS.
  • Código de Ética y políticas de transparencia y anticorrupción, según aplique.
  • Controles, formatos, evidencias y plan de monitoreo.
  • Capacitación y plan de comunicación para su equipo.
Solicitar diagnóstico
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implementacion sistema riesgos la ft fp c st

Cómo trabajamos

Un proceso por etapas, con entregables claros en cada una.

01

Diagnóstico

Verificamos su obligación y las brechas de su sistema actual.

02

Diseño

Metodología y matriz de riesgos a la medida de su operación.

03

Documentación

Política, manual, procedimientos y código de ética.

04

Implementación

Controles, formatos, evidencias y capacitación del equipo.

05

Monitoreo

Puesta en marcha, seguimiento y mejora continua.

Servicios complementarios

Soluciones según el nivel de exigencia y madurez de su empresa.

Por qué Fortiori Abogados

No entregamos solo documentos: acompañamos la puesta en funcionamiento de su sistema para cerrar brechas regulatorias y reducir su exposición a riesgos legales, reputacionales y operativos.

Hablar con un especialista
Implementación, no solo documentación

Diseñamos e implementamos metodologías, matrices, procedimientos, controles, formatos, evidencias y capacitación, para que el sistema funcione en la operación diaria de su empresa.

Respaldo jurídico y conocimiento en cumplimiento

Combinamos la experiencia jurídica de Fortiori Abogados con conocimiento especializado en gestión de riesgos LA/FT/FP y C/ST.

Acompañamiento en todo el ciclo

Implementación, Oficial de Cumplimiento principal y suplente, mantenimiento, actualización normativa y monitoreo, con un mismo equipo.

Un sistema a la medida de su empresa

Ajustamos la metodología al tamaño, la actividad económica, el modelo de negocio, las jurisdicciones y las contrapartes de cada organización. Sin plantillas genéricas.

Alcance del servicio

Para que su inversión se enfoque en lo que necesita, la Gerencia de Cumplimiento no cubre directamente: litigios o representación judicial, defensa en investigaciones penales o disciplinarias, auditorías financieras o tributarias fuera del alcance contratado, ni certificaciones que garanticen la ausencia de eventos de LA/FT/FP o corrupción. Las decisiones y la responsabilidad legal siguen siendo de los administradores de la empresa.

Preguntas frecuentes

¿Mi empresa está obligada a implementar el nuevo sistema?

Depende de su actividad, sector, supervisión, estructura y de los umbrales de ingresos y activos. En el diagnóstico sin costo verificamos si le aplica el sistema completo o el Régimen de Medidas Mínimas.

¿Qué cambia frente al SAGRILAFT que ya tengo?

El nuevo Capítulo IX amplía el alcance a LA/FT/FP y C/ST y exige revisar la estructura de riesgos, los controles, las políticas y las responsabilidades.

Ya tengo SAGRILAFT y PTEE, ¿debo empezar de cero?

No necesariamente. Hacemos un diagnóstico de brechas y aprovechamos los componentes que siguen siendo útiles, adecuándolos al nuevo sistema y al perfil de riesgo de su empresa.

¿Qué plazo tengo para actualizar mi sistema?

Las empresas que ya estaban obligadas deben ajustar su sistema al nuevo Capítulo IX a más tardar el 31 de mayo de 2027. Para los nuevos obligados aplican los plazos que fija la Circular según el momento en que adquieran esa condición.

¿Pueden ser nuestro Oficial de Cumplimiento?

Sí. Para empresas sujetas al sistema completo ofrecemos el servicio de Oficial de Cumplimiento principal y suplente, cumpliendo los requisitos e independencia que establece la regulación.

¿El Régimen de Medidas Mínimas necesita Oficial de Cumplimiento?

La Circular asigna al Representante Legal la ejecución, verificación y supervisión del RMM. Lo acompañamos con asesoría especializada, sin sustituir esa responsabilidad.

¿El servicio incluye las políticas de ética y anticorrupción?

Sí, cuando le apliquen. Diseñamos o actualizamos el Código de Ética y las políticas que exige el Capítulo IX.

¿El servicio termina cuando entregan los documentos?

No. Incluye implementación y puesta en marcha y, según lo que contrate, mantenimiento, monitoreo y acompañamiento permanente.

El plazo vence el 31 de mayo de 2027. Empiece hoy con un diagnóstico sin costo.

Le decimos si su empresa está obligada, qué le falta a su sistema actual y cómo cerrar las brechas antes de la fecha límite.

Hablar por WhatsApp Llamar: (57) 314 476 0999

Solicite su diagnóstico

Sus datos se tratan conforme a nuestra política de tratamiento de datos personales.

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